A continuación encontrará una lista de afirmaciones, usted deberá señalar con una “X” si la misma es VERDADERA “V” o FALSA “F”. Justifique brevemente su respuesta.
1. La jurisdicción es la potestad de un Estado para conocer y decidir con fuerza de cosa juzgada un caso con elementos de extranjería relevantes.
V ( ) F ( )
2. En todo caso se identifica ordenamiento jurídico con ordenamiento estatal.
V ( ) F ( )
3. El reconocimiento de sentencias extranjeras consiste en la verificación de una serie de requisitos por parte del Estado receptor para permitir o no que la sentencia extranjera surta en él todos o algunos de los efectos de los cuales ha quedado investida en el Estado de origen.
V ( ) F ( )
4. En las búsqueda de respuesta a los casos que se plantean vinculados con dos o más ordenamientos jurídicos se pone en funcionamiento una técnica para el análisis de los mismos la cual consiste en tres pasos fundamentales: Paso 1: Identificación del supuesto de hecho con elementos de extranjería relevante. Paso 2: Determinación de la jurisdicción. Paso 3: Determinación del derecho aplicable.
V ( ) F ( )
5. Cuando un juez conoce de un litigio, aplica necesariamente su ley o derecho nacional para resolverlo.
V ( ) F ( )
6. El derecho aplicable se determina utilizando el mecanismo de las normas de conflictos.
V ( ) F ( )
7. Según su procedencia, y respondiendo a la concepción del Derecho Internacional Privado, las fuentes se clasifican en internacionales e internas.
V ( ) F ( )
8. Cuando en la relación jurídica controvertida exista uno o varios elementos extranjeros el juez tendrá que determinar si posee jurisdicción y, en ejercicio de ella resolverá el fondo del litigio aplicando el derecho material del foro.
V ( ) F ( )
9. Las fuentes formales son exclusivamente leyes internas.
V ( ) F ( )
10. Las fuentes materiales o supletorias son aquellas que se aplican a falta de fuentes formales y son: costumbre y principios generales de Derecho Internacional Privado.
V ( ) F ( )
11. La formulación del artículo 1 de la LDIP establece el siguiente orden de prelación de fuentes: Normas de Derecho Internacional Público sobre la materia, en especial los convenios internacionales; regulación legislativa interna; analogía; y principios generales del Derecho Internacional Privado.
V ( ) F ( )
12. Las fuentes formales son aquellos modos de constatación del derecho o los medios de expresión de la norma jurídica, como la analogía y los principios generales de derecho.
V ( ) F ( )